APLICACIÓN DEL CÓDIGO
La aplicación de la SFPC queda a criterio de los gobiernos locales. La Oficina del Mariscal de Bomberos del Estado tiene la autoridad para hacer cumplir la SFPC en aquellas localidades donde no exista una aplicación local. Las tasas pueden ser cobradas tanto por las agencias locales de control como por la Oficina del Jefe de Bomberos del Estado. La SFPC contiene procedimientos de aplicación que deben ser empleados por la agencia ejecutora. Existe un sistema administrativo de apelaciones para resolver desacuerdos que puedan surgir entre las agencias ejecutoras y una parte perjudicada ante la Junta Técnica de Revisión del Código de Construcción del Estado.
